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USECNETWORK Red Social Profesional de la Seguridad y las Emergencias

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miércoles, 6 de octubre de 2010

Mancomunidades de Policía Local

Hace ya casi dos años de la reforma de la Ley Orgánica de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad por la cual se permitía la colaboración de los municipios para la creación de Cuerpos de Policía Local, cuando por sí mismos no tengan capacidad y recursos para el desarrollo de este servicio público esencial para la sociedad.

Esta medida ha sido muy bien acogida por parte de los ayuntamientos, porque se abre una ventana de oportunidades para la mejora de la seguridad y la convivencia en los municipios de ámbito rural. Por ello, a requerimiento de la Administración del Estado, la Federación Española de Municipios y Provincias ya ha elaborado un borrador de reglamento para que se tenga en consideración por el Ministerio del Interior, optando por la fórmula de la Mancomunidad de Servicios de Policía Local, como figura jurídica más apropiada, para la agrupación y colaboración de los municipios para la creación de estos servicios policiales.

Comunidades Autónomas con grandes extensiones territoriales y pequeños municipios, como Castilla La Mancha, Andalucía, Castilla León y Extremadura están a al espera de la regulación mediante Reglamento, para poder impulsar la creación de estos cuerpos policiales supramunicipales de Policía Local.

La regulación de estos nuevos cuerpos de Policía Local, además de lo enunciado en la disposición adicional quinta de la Ley Orgánica de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad, como la pertenencia de los municipios a una sola Comunidad Autónoma, por motivos obvios, y de la contigüidad territorial, deberá definir los criterios de estas mancomunidades de servicios policiales, además de que éstos garanticen el cumplimiento de las funciones que el ordenamiento jurídico tiene asignado a las Policías Locales.

Serán las Comunidades Autónomas las que deberían autorizar la creación de los nuevos cuerpos de Policía Local, atendiendo a sus competencias constitucionales de coordinación de estos servicios públicos, regulando las condiciones para su constitución y desarrollo organizativo, teniendo muy en cuenta que muchos de éstos su creación será “ex novo” y deberán contar con recursos humanos y materiales suficientes con los que ahora no cuentan (mandos, dependencias policiales, etc.) además de la homogeneización de estos nuevos cuerpos de Policía Local.

Consideramos que la regulación de estos nuevos servicios públicos es muy urgente y debería constituir una prioridad para el Ministerio del Interior y para el conjunto de las administraciones públicas competentes.

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